En el juicio verbal, los documentos se aportan con la demanda y contestación, pero su admisión se hace en el acto del juicio si lo hay, o cuando se dejan los autos para sentencia, ¿se pueden aportar documentos en la fase que va desde la demanda y contestación al acto del juicio o resolución que dejan los autos para sentencia, o quedan limitados a los supuestos del art. 270 Lec?
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