El presente caso se refiere a varias controversias jurídicas, derivadas, por un lado, de un procedimiento de subvenciones puesto en marcha en favor de personas que promuevan la conservación del patrimonio artístico e histórico y, por otro lado, de la delegación por parte del Ministerio de Hacienda de una solicitud elevada por representantes de la Iglesia evangélica para que se incluyera una casilla a su favor en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, a similitud de la que existe en favor de la Iglesia católica. En relación con el procedimiento de subvenciones las cuestiones giran en torno a si los peticionarios cumplen los requisitos exigidos para acceder a la concesión de la subvención; al nombramiento directo, como entidad colaboradora, a una entidad local; al procedimiento seguido para la concesión de las subvenciones; al incumplimiento de sus obligaciones por parte de algunos de los que resultaron beneficiarios de la subvención y, finalmente, como se ha indicado con anterioridad, al ajuste a derecho de la decisión del Ministerio de Hacienda denegando la petición realizada por la Iglesia evangélica y si con ello no se transgredieron diversos artículos de la Constitución.
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