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Las entregas de dinero realizadas por los padres u otros parientes a un cónyuge casado en gananciales: su tratamiento jurídico

  • Autores: Juan Pablo González del Pozo
  • Localización: La Ley Derecho de Familia: Revista jurídica sobre familia y menores, ISSN-e 2341-0566, Nº. 15, 2017 (Ejemplar dedicado a: Cuestiones conflictivas en materia de regímenes económicos)
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Es una práctica frecuente y extendida en la realidad sociológica de nuestro país, muy arraigada en los usos sociales y sólidamente asentada en principios de solidaridad familiar, que los padres entreguen a los hijos, una vez casados e independizados, cantidades variables de dinero con fines diversos (ayudarles a superar dificultades económicas, a realizar determinadas compras de bienes o servicios, financiarles gratuitamente la realización de cualquier proyecto profesional o realizar obras de rehabilitación o mejora en la vivienda familiar, etc.). Resulta conveniente, por suscitar cuestiones controvertidas, analizar si tales entregas de dinero deben considerarse donación o préstamo, a uno o a ambos cónyuges, y la incidencia y repercusiones que su calificación comporta en el promo el acceso recurrente a la confesión de privatividad. En este sentido y dada la ulterior dependencia que conlleva, en particular respecto de los legitimarios, dicha confesión debería constituir, a nuestro juicio, un instrumento de utilización extrema y circunscrita a situaciones de suma urgencia.


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