¿Existe una posibilidad de comunicación universal entre los seres humanos, como quiere el ideal que va desde el racionalismo dieciochesco al estructuralismo lévistraussiano de hoy, o, por el contrario, la verdadera traducción y la comunicación entre las culturas es a priori imposible?. Examinamos algunos textos legales y teóricos, desde el siglo XVI al XX, en los cuales se toma, de hecho, posición al respecto. En ellos constatamos que la posibilidad de traducir está garantizada por un postulado indemostrable, de naturaleza extralingüística: la unidad de la especie humana, y que cuando falta este postulado, aun teniendo competencia lingüística, se considera que la traducción es imposible o irrelevante.
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