La jurisprudencia, desde la Sentencia Teckal, ha ido estableciendo los requisitos para que las administraciones públicas puedan realizar encargos a sus sociedades sin procedimiento de adjudicación, centrándolos en la exigencia de control análogo sobre el que realizan sobre sus propios servicios y de que se realice la parte esencial de su actividad para la entidad que los concede. A lo largo del trabajo se estudiará la forma en que los requisitos para la celebración de los contratos in house providing se han ido trasladando a las directivas comunitarias y a la legislación sobre contratos española.
Since the sentence Teckal, Jurisprudence has been establishing the requirements for public Administrations to carry out assignments to their societies without an award procedure. This is allowed under two premises: an analogous control to their own services and that the essential part of its activity is devoted to the Administration itself. Throughout this work, the process of adaptation of these requirements of the "in house providing contracts" to EU Directives and the Spanish public contract law will be studied.
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