El art. 6 de la Directiva d 2001/23 consagra el principio de subsistencia del mandato de los representantes legales de los trabajadores cuando la transmisión de la empresa no lleva aparejado que ésta pierda su autonomía e identidad, si bien al propio tiempo impone a los Estados miembros la obligación de adoptar las medidas necesarios para garantizar que los trabajadores no se queden sin representación
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