Victoria Rodríguez-Rico Roldán
Las tecnologías se van sucediendo a tal –frenético– ritmo que el propio adjetivo de nuevas que suele acompañar su denominación comienza a ser discutible. Lo que no se esperaba es que los pronunciamientos judiciales iban a contagiarse de ese mismo ritmo con la consecuencia de reunir en muy poco espacio de tiempo sentencias contradictorias, carentes de una línea común de argumentación y que terminan por hacer más difícil la consecución de unos criterios uniformes en la solución de los crecientes conflictos que se plantean al respecto en el ámbito laboral. Este artículo analizará precisamente el control tecnológico de la actividad laboral a la luz de los criterios interpretativos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
The pace of technological development is so frenetic that the adjective new conventionally associated with "technologies" is beginning to be questionable. Surprisingly, judgements have also followed such technological trend but unexpectedly in a negative way, collecting in a very brief timeframe inconsistent and contradictory judgements which lack a common argumentation line. As a result, reaching uniform criteria to solve conflicts in the field of labour law is becoming increasingly more difficult. This paper aims to assess technological methods of surveillance at work in the light of the interpretative criteria laid down by the European Court of Human Rights.
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