El Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS/CAS) ha dictado un laudo en fecha 21 de agosto de 2017 que confirma la decisión del Órgano nacional, consistente en suspender la carrera profesional de la Sra. Therese Johaug, aunque amplía dicha suspensión de 13 meses a 18. A pesar de que la Sra. Johaug había preguntado al Dr. Bendiksen si la crema que éste le proporcionó para los labios contenía alguna sustancia prohibida y que su respuesta fue rotundamente negativa, el hecho de no revisar la etiqueta del producto supuso que se cometiera una violación del Código Mundial Antidopaje.
The Court of Arbitration for Sport concluded that the sanction imposed by the Adjudication Committee of the Norwegian Olympic and Paralympic Committee and Confederation of Sports on 10 February 2017 was insufficient and increased it at eighteen (18) months. Ms. Johaug’s failure to conduct a basic check of the label resulted in an ADRV that is inconsistent with her otherwise clean anti-doping record.
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