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Eficacia retroactiva de sentencia que extingue la pensión compensatoria por convivencia con tercero de la beneficiaria. Devolución de las pensiones percibidas desde el inicio del procedimiento. En torno a la STS de 18 de julio de 2018 (RJ 2018, 2828)

    1. [1] Universidad de Sevilla

      Universidad de Sevilla

      Sevilla, España

  • Localización: Revista Aranzadi Doctrinal, ISSN 1889-4380, Nº. 9, 2018
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      Según nuestro Tribunal Supremo, cabe conferir efecto retroactivo a una decisión judicial que acuerde extinguir una pensión compensatoria por haberse materializado cualquiera de los tres eventos contemplados en el art. 101.1 CC. No así en el supuesto en que tan sólo se acometa una modificación por variar las circunstancias tenidas en cuenta para su concesión.

    • English

      According to the Supreme Court, extinction of compensatory payments may be retroactive in the cases of article 101. 1 Civil Code, but not when the circumstances have only changed since divorced or separation (art.100 CC).


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