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Neutralidad y conflictos de intereses de las plataformas de financiación participativa

  • Autores: Mercedes Sánchez Ruiz
  • Localización: Revista Lex Mercatoria, ISSN-e 2445-0936, Nº. 9, 2018, págs. 67-73
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Uno de los requisitos que debe cumplir una sociedad de capital para obtener (o mantener) su autorización como plataforma de financiación participativa es el siguiente: “Disponer de un reglamento interno de conducta que contemple, en particular, los posibles conflictos de intereses y los términos de la participación de los administradores, directivos, empleados y apoderados en las solicitudes de financiación que se instrumenten a través de la plataforma”1. Asimismo, entre las obligaciones de información general que se imponen legalmente a las plataformas de financiación participativa se encuentra la de incluir en su página web información sobre “las medidas adoptadas para evitar los conflictos de interés”.


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