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La regulación de la filiación derivada de las técnicas de reproducción asistida en la Argentina: voluntad procreacional y consentimiento informado

  • Autores: Mariana Iturburu, Martina M. Salituri Amezcua, Mariana Vázquez Acatto
  • Localización: IUS : revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla, ISSN 1870-2147, Vol. 11, Nº. 39, 2017 (Ejemplar dedicado a: Reproducción asistida, bioética y derecho), págs. 85-108
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Resumen Las técnicas de reproducción humana asistida (TRHA) reguladas en el ordenamiento jurídico argentino se han establecidas como una fuente autónoma de filiación específicamente contemplada en el Código Civil y Comercial de la Nación recientemente sancionado. El elemento determinante de dicha filiación está dado por la voluntad procreacional manifestada en el consentimiento previo, informado y libre presentado ante el centro de salud, independientemente de quién haya aportado los gametos. Dicha filiación es irrevocable. A pesar de este avance legislativo, los desafíos continúan. En este sentido, nos proponemos visibilizar las principales tensiones, lagunas legales y armonizaciones hermenéuticas y normativas a partir de la incorporación de las TRHA al derecho argentino.

Los metadatos del artículo han sido obtenidos de SciELO México

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