Conforme a nuestra normativa y jurisprudencia, las consecuencias de la infracción de deberes conyugales no deben indemnizarse. Esto se de debe a que no son obligaciones; el derecho establece efectos especiales ante su vulneración; la protección de los derechos fundamentales de los cónyuges se opone al resarcimiento; y hay enormes dificultades para evaluar los requisitos de la responsabilidad civil en estos supuestos.
In accordance with our rules and jurisprudence, the consequences of the breach of marital duties shall not be compensated, as they are not obligations. Additionally, Law establishes special effects in this case, the protection of fundamental rights of the spouses is opposed to compensation and there are huge difficulties to assess the requirements of civil liability.
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