La maternidad subrogada encuentra su regulación en el ordenamiento jurídico español en el artículo décimo de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida (LTRHA), que declara la nulidad de pleno derecho de los contratos de gestación por sustitución. Una de las cuestiones que dominan el debate jurídico es si una regulación que validase esta práctica cabría en la Constitución Española, cuestión más que complicada de afrontar puesto que nuestro Tribunal Constitucional no ha tenido oportunidad de pronunciarse acerca de la maternidad subrogada. Sin embargo, recientemente el Tribunal Constitucional portugués, en su Sentencia 225/2018, sí se ha pronunciado al respecto. Dado que sus argumentos pueden ser de gran interés para el debate en España, este artículo analiza dicha sentencia en profundidad y la acerca a las investigaciones españolas sobre la materia.
Surrogacy is regulated in the Spanish legal system in article ten of Law 14/2006, of 26 May, on assisted human reproduction techniques (LTRHA), which declares the nullity of surrogacy arrangements. One of the questions that dominates the legal debate is whether a regulation that would validate this practice would fit into the Spanish Constitution, a question that is more than complicated to confront since our Constitutional Court has not had the opportunity to rule on surrogacy. Recently, however, the Portuguese Constitutional Court, in its Decision 225/2018, has ruled on the matter. Given that the Court’s arguments may be of great interest for the debate in Spain, this article analyses this judgment in depth and brings it closer to Spanish research on the subject.
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