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Resumen de Análisis de la supervisión del contrato estatal: función de vigilancia y mecanismo anticorrupción

Gabriel Jaime Mármol

  • español

    Aunque pareciera de menor importancia el tema de la supervisión de los contratos suscritos por las entidades estatales, no puede ser tratada como un tema netamente formal porque es a partir de ella que se activan las prerrogativas de poder asignadas a la autoridad en consideración a que dicha figura es el eslabón que la conecta con el contratista durante la ejecución contractual; se parte de la hipótesis en virtud de la cual deben adoptarse oportunas medidas administrativas de carácter preventivo, correctivo, sancionatorio, e inclusive que permitan el actuar de organismos de control ante la ocurrencia de eventuales hechos que infrinjan disposiciones de tipo penal, disciplinario o fiscal. Es por ello que el sujeto designado para desarrollarla debe tener mínimas calidades en el conocimiento de la actividad contratada por llanas que resulten las obligaciones a cumplir, y más aún cuando concurren actividades de mayor complejidad y de aspectos variados, para lo cual se deberán conformar equipos plurales de supervisores, o de apoyo a la misma. Por ello la no designación del supervisor no es una omisión sin repercusiones, ya que dicho rol estará siempre asignado en quien representa legalmente a la entidad o a quien éste haya delegado la competencia contractual, sin que pueda alegarse como eximente de responsabilidad su falta de idoneidad frente al asunto funcional en el que se desarrolla el objeto contractual. A lo anterior debe considerarse el nuevo aditamento que a ella se le atribuye como mecanismo de lucha contra la corrupción, muy a pesar que no es en la etapa contractual donde se ciernen los mayores actos que la infectan de nocivas prácticas atentatorias de la moralidad administrativa; de ahí que toman relevancia los diferentes aspectos que la componen, esto es, características que la identifican y que la diferencian de la interventoría, más allá de su denominación; las funciones legales a cumplir, el sujeto designado y su idoneidad, etc.

  • English

    Although it seems minor theme supervision of contracts by state agencies, can not be treated as a purely formally issue because it is from it that the prerogatives of power assigned to the authority consider are activated such figure is the link that connects it to the contractor during contract execution; is part of the hypothesis under which appropriate administrative measures preventive, corrective, punitive, character should be adopted and even allowing the act watchdogs upon the occurrence of any events that violate provisions of criminal, disciplinary or tax. That is why the subject should be appointed to develop minimum quality in the knowledge of the activity resulting flat contracted obligations to meet, and even more when you attend activities more complex and varied aspects, for which teams should be formed plural of supervisors, or support for it. Therefore, the non-appointment of the supervisor is not an omission without repercussions, since this role will always be assigned who legally represents the entity or his or her delegate contractual competition, but may be invoked as a defense to liability not competent against the practical case in which the contractual object is developed. To this should be considered the new addition that she is credited as a mechanism to combat corruption, in spite that it is not in the contractual stage where the greatest acts that infect harmful practices that attempt hover administrative morality; become relevant hence the different aspects of it, that is, identifying characteristics which distinguish the auditing, beyond his name; meet legal duties, the designated subject and suitability, etc.


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