Resumen: La Constitución federal mexicana, a partir de la reforma del artículo 17 del 18 de junio de 2008, introduce al orden jurídico nacional los mecanismos alternativos de resolución de conflictos como un derecho humano. Es así como la justicia alternativa alcanza su punto más alto, en virtud de que la norma constitucional la establece como obligatoria para todas las áreas del derecho. Siguiendo la directriz que señala la Constitución en la materia, el presente artículo a través un análisis crítico de la nueva Ley de Justicia Alternativa del Estado de Chihuahua, como caso de estudio, busca determinar si la normativa estatal garantiza un verdadero acceso a la justicia mediante los mecanismos alternativos de resolución de conflictos.
Abstract: The Federal Constitution of the United Mexican States, since the reform of the article 17, in June 2008, introduced to the national legal order alternative dispute resolution mechanisms as a human right. Thus, alternative justice reaches its highest point, by virtue of the constitutional provision that establishes it mandatory for all areas of law. Following the guidelines established by the Constitution in this area, this article, through a critical analysis of the new Law of Alternative Justice in the State of Chihuahua as a case study, seeks to determine whether state regulations guarantee real Access to justice through alternative dispute resolution mechanisms.
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