La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, ha supuesto un punto de inflexión en la regulación de la dimensión estratégica de la contratación pública. Hasta su aprobación la introducción de esta vertiente, especialmente en lo que a cláusulas sociales se refiere, ha resultado harto problemática. De la mano de la doctrina de los Tribunales Administrativos de Recursos contractuales, este artículo analiza la aplicación de las nuevas disposiciones sobre clausulas sociales, tratando de disipar si la nueva Ley propicia una aplicación más pacífica de las mismas.
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