Desde que en el año 2006, se aprobara en España la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (LAPAD), se produce un cambio estructural en los servicios que conforman uno de nuestros yacimientos laborales por excelencia: los Servicios Sociales Comunitarios, regulados por el Plan Concertado y en el caso Andaluz, por la Ley 2/1988 de Servicios Sociales de Andalucía.
Dicha red pública, ha de adecuarse a los cambios sociales, económicos y al desarrollo de los nuevos sistemas de producción. Así lo hace con la incorporación del derecho subjetivo recogido en la Ley 39/2006, reconociendo la necesidad de apoyo público a las situaciones de dependencia.
La familia y los/as cuidadores/as informales, conforman la primera red de apoyo en las situaciones de dependencia, desarrollando su labor sin la formación e información necesaria y/o asumiendo riesgos psicosociales, ergonómicos, de seguridad, de higiene y cambios sociales, laborales, familiares, de salud y de sentimientos.
Actualmente, son varios los países de la Unión Europea y la Organización para la Cooperación al Desarrollo Económico los que han puesto en marcha mecanismos para la protección de la dependencia, existiendo recursos para cuidadores como:
compensación económica, seguro de accidentes, sustitución temporal, formación y asesoramiento.
En contraste, es frecuente aún, encontrar un modelo de intervención profesional centrado en la persona dependiente como cliente y la persona cuidadora como cotrabajadora o recurso.
Desde nuestra perspectiva, se hace necesario abrir horizonte al apoyo de la persona cuidadora y ello podría realizarse a partir de recursos alternativos de atención como el uso de la WEB, que favorece la oferta de información especializada, el seguimiento de caso o foros grupales, y contribuye a la modernización del sistema, en la línea de otros servicios públicos que prestan servicios a través de las TIC.
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