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Resumen de La controvertida base jurídica de la Directiva antielusión fiscal: Un análisis a la luz de reglas de vinculación

María Cruz Barreiro Carril

  • español

    La directiva antielusión fiscal (ATAD) supone un cambio radical respecto de las directivas armonizadoras adoptadas, hasta el momento, en materia de imposición directa. Mientras aquellas perseguían eliminar obstáculos al ejercicio de las libertades fundamentales por parte de los contribuyentes, la ATAD persigue la prevención del abuso, un objetivo concebido, hasta ahora, como estatal. Sin embargo, un objetivo no adquiere estatus europeo solo porque figure como tal en una directiva. En el ámbito de la imposición directa, las directivas únicamente pueden adoptarse para «la aproximación de las disposiciones legales […] de los Estados miembros que incidan directamente en el establecimiento o funcionamiento del mercado interior», como reza el art. 115 TFUE, única base jurídica para la aprobación de directivas en dicho ámbito. La directiva, en lugar de aproximar legislaciones estatales, incorpora cláusulas antiabuso para luchar contra las prácticas de planificación fiscal agresiva, presentando varias de sus cláusulas un contenido similar al de las cláusulas estatales que el TJUE había tenido que tolerar debido a la ausencia esencial de armonización en materia de impuestos directos, resultando el contenido de otras incompatible con la jurisprudencia del Tribunal, en tanto en cuanto se aplican a transacciones genuinas, haciendo prevalecer de forma absoluta la necesidad de prevenir el abuso por encima de las libertades fundamentales. Este trabajo expone las razones por las que el art. 115 TFUE no puede constituir la base de una directiva que persigue exclusivamente luchar contra la planificación fiscal agresiva, en la manera en que lo hace la ATAD.

  • English

    The Anti-Tax Avoidance Directive (ATAD) marks a radical departure from harmonizing directives so far adopted in the field of direct taxation. While the latter aimed at abolishing tax obstacles jeopardizing the exercise of fundamental freedoms, the ATAD aims at preventing tax avoidance, a goal so far conceived as an objective to be achieved at the level of Member States. However, an objective does not acquire EU status only because it appears as such in a directive. In the field of direct taxation, directives can only be adopted for “the approximation of […] laws […] of the Member States, as directly affect the functioning of the internal market”, as established in art. 115 TFEU, the sole possible legal basis for adopting a directive in that field. The ATAD, instead of approximating domestic legislations, lays down anti-tax avoidance rules, having some of them a similar content to those of domestic anti-tax avoidance rules that the ECJ has had to tolerate due to the lack of essential harmonization of direct taxation, while having, some others, a content which is incompatible with the ECJ’s jurisprudence in the field, as they apply to genuine transactions, thereby giving absolute priority to the need to prevent tax avoidance over the fundamental freedoms. This article explains the reasons why art. 115 TFEU is not the proper legal basis to adopt a directive aimed, exclusively, at fighting against aggressive tax planning, at least, in the manner in which this goal is pursued by the ATAD.


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