La reciente Ley 2/2019, de 1 de marzo, constituye la última reforma a la que se ha visto sometida nuestra legislación de propiedad intelectual con objeto de transponer a nuestro Derecho nacional la Directiva 2014/26/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero, relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior y la Directiva (UE) 2017/1564, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre, sobre ciertos usos permitidos de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines en favor de personas ciegas. En el caso de la primera, el proceso de transposición a nuestro ordenamiento jurídico interno, que tenía que haberse llevado a efecto antes del 10 de abril de 2016, ha sido bastante accidentado. Después de una primera ley que incorporó sólo parcialmente los contenidos de la Directiva (Ley 21/2014, de 4 de noviembre, de modificación del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual), seguida de la elaboración de un anteproyecto de ley que no vio finalmente la luz como tal (Anteproyecto de Ley de 13 de septiembre de 2017), el año pasado fue aprobado el Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril, de transposición de la Directiva. No obstante, finalmente ha sido una ley ordinaria (Ley 2/2019, de 1 de marzo), la que ha culminado este proceso, derogando el anterior Real Decreto-ley
The Spanish Intellectual Property Law of 1996 has been amended by the new Law 2/2019, 1 March, with the purpose of transposing Directive 2014/26/UE, of the European Parliament and the Council, of 26 February 2014, on collective management of copyright and related rights and multiterritorial licensing of rights in musical works for online use in the internal market and Directive (EU) 2017/1564, of the European Parliament and the Council, of 13 September 2017, con certain permitted uses on protected works and other subject matter protected by copyright and related rights for the benefit of persons who are blind, visually impaired or otherwise print-disable into our domestic legal system. Regarding the first one, the transposition process has been quite a bit complicated in Spain. First of all, a partial transposition took place when Law 21/2014, of 4 November, was passed. Secondly, the Draft Law of 13 September 2017 was drawn up, but eventually it was not passed as a Law. Later, the Spanish Government drafted and approved Royal Decree 2/2018, of 13 April, to carry out the so called transposition. And, in the end, Law 2/2019 —that derogates the foregoing Royal Decree— has been passed to complete the full transposition of this Directive.
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