La sentencia del TJUE de 2 de mayo de 2019, en el asunto C-614/17, supone un avance importantísimo en la interpretación del concepto de evocación de una denominación de origen o indicación geográfica, proscrita por el artículo 13 del Reglamento 1151/2012 , sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios.
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