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Resumen de El beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho ex. art. 178. bis de la Ley Concursal

Silvia Valdés Pons

  • «El propósito de este trabajo es realizar un estudio detallado de las principales cuestiones que plantea la redacción del artículo 178 bis de la Ley Concursal, en el que el legislador ha introducido una exoneración del pasivo insatisfecho en beneficio de las personas naturales, con el fin de que puedan liberarse de sus deudas una vez haya concluido el concurso por liquidación o por insuficiencia de la masa activa. En este contexto, nos referiremos también a la modificación sustancial que sufriría el contenido del citado artículo en caso de aprobarse la Propuesta de Directiva, de 22 de noviembre de 2016, del Parlamento europeo y del Consejo sobre marcos de reestructuración preventiva, segunda oportunidad y medidas para aumentar la eficacia de los procedimientos de condonación, insolvencia, y por la que se modifica la Directiva 2012/30/UE».


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