El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que, para determinar si un trabajador con un total de veinticinco años de actividad profesional tiene derecho a un incremento de sus vacaciones anuales retribuidas de cinco a seis semanas, prevé que los años de trabajo prestados en el marco de una o varias relaciones laborales anteriores a la que mantiene con su empresa actual solo se computan hasta un máximo de cinco, aunque su número real sea superior
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