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Resumen de Consecuencias de la pérdida ipso iure de la nacionalidad de un Estado miembro y de la ciudadanía de la Unión

  • El Derecho de la Unión no se opone a la pérdida de la nacionalidad de un Estado miembro y, por consiguiente, de la ciudadanía de la Unión, en caso de interrupción duradera del vínculo efectivo entre la persona de que se trate y dicho Estado miembro. No obstante, el principio de proporcionalidad exige que se lleve a cabo un examen individual sobre las consecuencias de dicha pérdida para las personas afectadas desde el punto de vista del Derecho de la Unión.


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