Enunciado:
Don Rubén, doña Isabel y doña Blanca comparecieron ante notario al objeto de constituir la mercantil «Simancas, S.A.». Autorizada la correspondiente escritura pública notarial fue objeto de inscripción en el Registro Mercantil. Posteriormente, don Rubén se percató de que tanto doña Isabel como doña Blanca, en virtud de graves anomalías psíquicas habían sido años atrás declaradas incapaces.
Entre tanto la sociedad comenzó sus actividades y celebró contratos con diversos proveedores ente los que se encontraba la mercantil «Probail, S.A.» y la mercantil «Percol, S.L.».
• Cuestiones planteadas:
1.ª ¿Qué causas de nulidad prevé la legislación mercantil? 2.ª Si fuera posible la nulidad de la sociedad, ¿qué efectos produciría la declaración de nulidad? 3.ª ¿Qué ocurriría con los contratos celebrados con los proveedores?
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