Enunciado:
La comunidad de propietarios del inmueble sito en la c/ Roble núm. 45 de Teruel, al amparo del artículo 21 de la LPH, interpuso demanda por reclamación de cuotas impagadas de la comunidad contra don Javier S.F. propietario del piso 6.º A del citado inmueble.
El demandado se opuso a la demanda y alegó la excepción de litisconsorcio pasivo necesario pues no se había demandado a su esposa, de la que se hallaba separado teniendo ésta el uso de la vivienda por ser el domicilio conyugal.
El piso se hallaba inscrito en el Registro de la Propiedad como copropiedad y no como bien de carácter ganancial, correspondiendo a cada uno la mitad indivisa de la vivienda.
• Cuestiones planteadas:
1. Litisconsorcio pasivo necesario.
2. Obligación de pago a la comunidad: naturaleza.
3. Consecuencia de la naturaleza de la obligación: ¿ha de demandarse a todos los cotitulares? 4. Conclusión.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados