Enunciado:
Siguiendo investigaciones policiales, la Brigada de Estupefacientes tuvo conocimiento de que XXY, tenía en su poder gran cantidad de cocaína, así como otras drogas, y que estaba alojado en un hotel de la ciudad, con el fin de entregarla a tercera persona no identificada de forma inminente, por lo que irrumpió en la habitación que ocupaba, ocupándole dos kilos de la citada droga por lo que fue detenido; el registro se efectuó sin mandamiento judicial y sin asistencia letrada.
Las diligencias penales finalizaron con la imposición de una condena a XXY por la AP, por un delito contra la salud pública, que había sido objeto de acusación por el Fiscal, y desestimó la petición del letrado defensor, por entender que no se vulneró derecho fundamental alguno y concretamente el de asistencia letrada.
• Cuestiones planteadas:
1. Concepto de domicilio.
2. Derecho de defensa en la diligencia de entrada y registro.
3. Necesidad de resolución judicial.
4. Cómo debería haberse resuelto.
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