Tras la regulación de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se modificaron artículos de la Ley Cambiaria y del Cheque (LCCH), modificación que, aunque no completa y congruente ha traído como esencial cambio la interpretación casi unánime de la imposibilidad del ejercicio de la acción cambiaria por otra vía procesal que no sea el juicio cambiario, pudiendo acudir al juicio declarativo ordinario, tan solo para el ejercicio de las acciones derivadas del contrato causal.
Enunciado Tras la regulación de la LEC de 2000, se modificaron artículos de la LCCH, modificación que, aunque no completa y congruente, ha traído como esencial cambio la interpretación casi unánime de la imposibilidad del ejercicio de la acción cambiaria por otra vía procesal que no sea el juicio cambiario, pudiendo acudir al juicio declarativo ordinario, tan solo para el ejercicio de las acciones derivadas del contrato causal, en cuyo caso el título se convertirá en su instrumento de prueba documental acreditativa de la deuda, perdiendo así todo el régimen privilegiado derivado de la LCCH, y acudir al procedimiento declarativo que corresponda según la cuantía, incluso al procedimiento monitorio, bien entendido que no es posible acumular ambos tipos de acciones (declarativa y cambiaría), al impedirlo el artículo 73.1.2.º de la LEC.
Cuestiones planteadas:
Ejercicio acción cambiaria tras la LEC de 2000: juicio cambiario.
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