La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres crea el distintivo empresarial en materia de igualdad para premiar y estimular a las empresas que destaquen por las medidas que implantan, al garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre los trabajadores de ambos sexos. Dicho en otros términos, es un reconocimiento que el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad otorga a todas aquellas empresas, de capital público o privado, que recalquen las medidas que desarrollan para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre trabajadores y trabajadoras. Nace para paliar las dificultades que las mujeres tienen para alcanzar la igualdad real y efectiva en los diferentes ámbitos de la vida, especialmente en el ámbito laboral. El distintivo no es un simple reconocimiento que se materializa en una placa y en un acto solemne, también aporta beneficios al empresario a la hora de concurrir a las subvenciones públicas y en la adjudicación de los contratos administrativos, entre otros, ya que tiene un valor añadido en comparación a los empresarios que concurran en las convocatorias y no cuenten con el distintivo. El estudio analiza el distintivo empresarial, desde sus antecedentes hasta su creación por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, abordando su definición, requisitos, procedimiento, obligaciones, vigencia, suspensión, finalización y beneficios.
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