En este trabajo se busca analizar el denominado Consejo del Secretariado, que prevé el artículo 463.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y encuentra un ligero desarrollo normativo en el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios judiciales. Se trata de describir su insuficiente y dispersa regulación, su naturaleza y funciones, contrastando la escasez que se le apareja en todos esos sentidos, así como diferenciarlo de otros órganos que, en principio y de manera errónea, pudieran asemejársele. Tras ese recorrido, por fin, se pretende formular conclusivamente una crítica constructiva para esa estructura administrativa, superando su actual limitada utilidad, propugnando su relanzamiento.
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