Javier Fernández-Corredor Sánchez-Diezma
Enunciado El Patronato Madrileño de Áreas de Montaña aprueba las bases reguladoras de unas subvenciones a favor de titulares de montes de titularidad privada a fin de que procedan a la destrucción de rastrojos y matorrales para paliar, en la medida de lo posible, los efectos perjudiciales de los numerosos incendios que durante el verano asolan a media España y, en particular, a la Comunidad de Madrid, debido a la extrema sequía de los dos últimos años.
En las bases se establecen, entre otros extremos, los siguientes:
1. El plazo para presentar las solicitudes será el de 30 días naturales a partir de la convocatoria de la misma.
2. Dicho plazo vencerá a las 10 horas del último día que corresponda, por lo que no serán admitidas las solicitudes que lleguen al registro correspondiente con posterioridad.
3. No podrán ser beneficiarios de la subvenciones ni las personas jurídicas ni las comunidades de herederos.
4. Tampoco podrán ser beneficiarios los que tengan deudas con la Comunidad de Madrid.
5. El procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones se iniciará de oficio, aparte de la convocatoria de las mismas en el Diario Oficial de la Comunidad de Madrid.
6. No podrán optar a ser beneficiarios de las mismas los condenados por sentencia judicial firme por cualquier tipo de delito contra el patrimonio.
Estas bases, junto con la convocatoria, se publican en el Diario Oficial de la Comunidad de Madrid el día 14 de mayo (lunes). Sobre las mismas, los servicios jurídicos de la Comunidad no emitieron informe alguno.
El día 15 de junio, la sociedad anónima XXX presenta recurso de reposición contra esas bases que regirán el otorgamiento de las subvenciones.
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