• Enunciado:
La compañía de seguros HH ha indemnizado a su asegurada (titular de una oficina de farmacia), por los daños que se le han originado como consecuencia de la falta de suministro de energía eléctrica durante la noche, en relación con aquellos productos que precisaban para su adecuado mantenimiento de una determinada refrigeración, los cuales han quedado deteriorados. Por un perito se ha elaborado un informe que concluye, por un lado, que la instalación eléctrica de la farmacia estaba en estado correcto y, por otro, que el motivo por el cual se accionó el mecanismo de seguridad de la instalación (manifestado en el salto de seguridad del automático) debió ser, como causa más previsible, una sobrecarga del suministro.
Por la compañía de seguros se requiere a sus servicios jurídicos para que estudien la posibilidad de reclamar en vía judicial a la compañía suministradora de energía eléctrica lo abonado a su asegurada.
• Cuestiones planteadas:
1. Regulación aplicable al supuesto.
2. Responsabilidad del suministrador de la electricidad y condiciones para la exención de responsabilidad.
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