• Enunciado:
Don José Giménez Jiménez y doña María Pérez Rupérez interpusieron demanda de reclamación de cantidad contra la empresa inmobiliaria Suhogar, S.L. y contra don Antonio Escolástico García y su esposa doña Azucena del Campo Soto, en reclamación de 1.998, 10 euros más intereses y costas que se ocasionen en el procedimiento.
Dicha reclamación se basaba en el hecho de que los demandantes habían entregado a la inmobiliaria la suma de 1.498,10 euros que ahora se reclama en fecha 14 de mayo de 2003 a cuenta del precio de la vivienda que iban a adquirir a los demandados. De dicha suma la inmobiliaria se quedó con el 50 por 100 a cuenta de los gastos que pudiera generar dicha intermediación de compraventa y el otro 50 por 100 se lo entregó a los inicialmente vendedores a cuenta del precio, sin otra referencia como así constaba en el documento firmado por los compradores y la inmobiliaria. Igualmente entregaron 500 euros a la agencia para pagar el precio de la tasación de la vivienda a adquirir. Los vendedores demandados suscriben un documento de compromiso de venta con la inmobiliaria el día 29 de mayo de 2003 sin hacer referencia a los posibles compradores que entregaron la señal.
Transcurrido el tiempo fijado para firmar las escrituras y formalizar la venta, ésta no se llegó a realizar por mutuo interés de los compradores y de los vendedores.
• Cuestiones planteadas:
1. Procedimiento a seguir. Representación de las partes.
2. Descripción del contrato realizado. Naturaleza y consecuencias.
3. ¿Existen arras penitenciales? 4. Conclusión.
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