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Consumación del delito patrimonial y concurrencia de violencia o intimidación. Medio peligroso

  • Autores: Casto Páramo y de Santiago
  • Localización: CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, ISSN-e 2697-2239, ISSN 2697-1631, Nº. 37, 2004
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • • Enunciado:

      En un centro comercial entró XXY y ocultando entre sus ropas un frasco de colonia abandonó el establecimiento sin abonar su importe tras cruzar la línea de caja, y cuando se alejaba del lugar, sin abandonar el establecimiento fue requerido en la puerta del mismo por el propietario del establecimiento, para que devolviera lo sustraído cerrándole el paso, momento en que le amenazó con una jeringuilla, diciéndole «tengo sida y te lo pego», huyendo del lugar corriendo, sin poder ser alcanzado.

      • Cuestiones planteadas:

      - ¿Cuándo se entiende consumado un delito patrimonial como el hurto o el robo? - ¿Qué incidencia tiene la violencia o intimidación? - ¿Qué consecuencias podrían derivarse de la utilización de un medio peligroso? - ¿Qué calificación jurídico-penal merecen los hechos descritos?


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