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Diversos problemas jurídicos y modificación de créditos

  • Autores: Julio Galán Cáceres
  • Localización: CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, ISSN-e 2697-2239, ISSN 2697-1631, Nº. 54, 2005
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Enunciado Se significa que el presente supuesto práctico fue planteado en las pruebas selectivas para el ingreso, por acceso libre, en el Cuerpo de Gestión de la Administración del Estado, correspondiente a la convocatoria del año 2004.

      El Ministerio de Educación y Ciencia tiene encomendada la gestión del programa de ayudas «Severo Ochoa» encaminada a promocionar la creación y desarrollo de empresas líderes en investigación y desarrollo.

      Recientemente se ha comunicado al Ministerio una Sentencia en la que se reconoce a siete organizaciones el derecho a obtener una subvención que no les fue concedida en la convocatoria correspondiente al año 2003. La referida Sentencia interpreta de tal modo las bases de la convocatoria de ayudas, que afecta a la admisión o inadmisión de las solicitudes, permitiendo participar a universidades que fueron excluidas en su momento por no ser consideradas empresas. Por otra parte, realiza una interpretación de la legislación de subvenciones que deja sin efecto una sanción impuesta a otra organización, al dejar de considerar sancionable una determinada conducta.

      Por otra parte, la Subsecretaría del Departamento está planteando la necesidad de mejorar los procedimientos de ayudas del Ministerio en el marco del recientemente aprobado Plan Estratégico de Modernización Administrativa. Las líneas de actuación definidas por el Subsecretario se encaminan en una doble dirección: De una parte, se pretende una implantación progresiva de procedimientos telemáticos que faciliten la gestión diaria de las ayudas y que se concretaría en la incorporación del procedimiento de ayudas «Severo Ochoa» en el Registro Telemático del Departamento. De otra parte, se plantea articular fórmulas de colaboración que permitan reducir parte de la carga de trabajo que en la actualidad se lleva a cabo en los centros gestores.

      Partiendo de estas premisas, la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, les reúne para analizar distintos aspectos relacionados con el procedimiento de ayudas «Severo Ochoa» con la finalidad de preparar un informe que permita adoptar las decisiones oportunas. En el transcurso de esta reunión extrae las siguientes consideraciones:

      1. La Jefa del Gabinete le informa, en primer término, de la reciente comunicación de la sentencia anteriormente referida. La sentencia exige para su ejecución que se realicen un conjunto de pagos cuya cuantía total asciende a la cantidad de 10 millones de euros, superando los créditos presupuestarios disponibles en el Departamento destinados a tal fin.

      Expuesta la situación, le transmite la preocupación del Subsecretario por facilitar el cumplimiento de la sentencia, por lo que le solicita informe sobre la posibilidad que existe de efectuar el referido pago, indicando los procedimientos que habrán de seguirse para su realización, así como las consecuencias que podrían derivarse de su no aplicación.

      2. Por otra parte, tal y como se ha descrito anteriormente, la sentencia realiza una interpretación de la normativa vigente que difiere de la seguida por el Departamento hasta el momento. A pesar de que se trata de una sentencia aislada, cuyos efectos se extienden exclusivamente a las ocho organizaciones referidas, existe un interés por incorporar el referido criterio a la actuación del Ministerio.


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