Enunciado Por el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Teruel, se dictó auto en cuya parte dispositiva se establecía que se desestimaba íntegramente el recurso de reposición planteado por la representación procesal de Seguros A.N.M., S.A. contra la providencia en la que se le requería a la recurrente para que en el plazo de cinco días aporte los justificantes de abono de las costas, con apercibimiento de que en otro caso se procederá al archivo del presente incidente de tasación.
Contra mencionada resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
Cuestiones planteadas:
1. Tasación de costas: su práctica.
2. Impugnación por indebidas: inclusión de justificantes.
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