Enunciado En el Juzgado 1.ª Instancia 2 de Madrid se presentó demanda de juicio monitorio a instancia de la mercantil E.C.I., S.A. frente a D. Manuel Álvarez Rodrigálvarez, en reclamación de 4.725,39 euros.
En la demanda se fija como domicilio del demandado, al objeto de practicar el requerimiento legalmente establecido, el sito en la calle Goya, 1 de Madrid.
A la demanda se acompañaba por parte de la actora, y como único documento, certificación expedida por el apoderado de ésta en la cual se señalaba que la cantidad reclamada al demandado lo era como consecuencia del descubierto existente en la tarjeta de crédito expedida por la actora y cuyo titular era el demandado.
Admitida a trámite la demanda, se intentó requerir al demandado en el domicilio indicado manifestándose por una vecina del sujeto indicado que hacía más de dos años que no residía en dicho domicilio. Puesto en conocimiento de la parte actora dicha circunstancia, por ésta se señaló como nuevo domicilio del demandado el situado en la calle Menorca, 1 de Guadalajara, interesando actuar en dicho domicilio el requerimiento acordado en la resolución que admitió a trámite la demanda.
Subsanados los problemas de competencia, se verificó el requerimiento y por la parte demandada se consignó la cantidad reclamada como principal, acordándose el archivo por pago del presente procedimiento.
Cuestiones planteadas:
1. Requisitos de la demanda de juicio monitorio.
2. Competencia.
3. Costas.
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