María del Mar Cabrejas Guijarro
Enunciado Habiéndose dictado sentencia en primera instancia, y habiéndose presentado escrito de preparación de recurso de apelación contra la misma, seguidamente y tras haberse pronunciado el Tribunal sobre la preparación del mismo y emplazamiento de las partes por veinte días para su interposición, se presenta un nuevo escrito solicitando la adopción de medidas cautelares, denegando el Tribunal de Instancia su competencia para conocer de tales medidas y remitiendo al solicitante al Tribunal de Apelación.
Cuestiones planteadas:
Competencia para decidir sobre la solicitud de medidas cautelares realizada tras un recurso de apelación.
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