El derecho del medio ambiente constituye una rama transversal y no autónoma. España y Grecia comparten la primera y la segunda posición en la clasificación del incumplimiento del derecho ambiental europeo, por razones de baja prioridad política y de operación de un sistema administrativo de toma de decisiones sin diálogo institucionalizado. El incumplimiento es también atribuido a un concepto tradicional del desarrollo económico, no inspirado por los principios y las orientaciones ambientales de la Unión europea, de modo suficiente. Francia, dotada con una Carta del Medio Ambiente muy importante desde 2005, ha consagrado los principios de precaución y durabilidad, los cuales tienen también vigencia constitucional en Grecia. Además, la prohibición absoluta del fracking, introducida por Francia, debería consagrarse en el derecho de la Unión europea y en el derecho comparado
Environmental law constitutes a transversal non-autonomous branch. Spain and Greece share the first and the second position in the classification of non-compliance to European environmental law, due to low political priority and the operation of a decision-making administrative system, which is deprived of institutionalized dialogue. Non-compliance is also attributed to a traditional concept of economic development, which is not sufficiently inspired by environmental principles and orientations of European Union. France, endowed with a Charter for the Environment since 2005, has consecrated the principles of precaution and sustainability, which have also constitutional vigor in Greece. Besides, the absolute prohibition of fracking, introduced by France, should be consecrated in European Union law and in comparative law.
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