Nuestro país presenta excelentes condiciones para que el Estado conceda denominaciones de origen dominicanas. En este artículo veremos cuáles son las particularidades fundamentales de estas figuras jurídicas, así como del marco legal local e internacional, de modo que las denominaciones de origen reconocidas por el Estado sean sostenibles de hecho y de derecho, tanto en nuestro país como en la comunidad internacional.
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