Entre abril y julio de 2014, ocurrieron dos hechos aparentemente inconexos. Por un lado, en Luxemburgo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitía una sentencia trascendental relativa a la protección de los derechos fundamentales sobre la vida privada y la protección de los datos personales, invalidando lo que se conoce como "Directiva de Retención de Datos". Por otro lado, en México fue publicada la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que dentro de sus numerosas disposiciones introdujo obligaciones de conservación de datos de comunicaciones electrónicas que, en comparación, parecen reproducir algunas deficiencias que originaron la invalidez de la Directiva de referencia. El análisis de los antecedentes y de los razonamientos expresados por el Tribunal europeo podría aportar elementos importantes para valorar la constitucionalidad de las nuevas disposiciones legales que establecen la obligación de conservar datos sobre comunicaciones electrónicas, que la nueva normativa de telecomunicaciones ha introducido en nuestro país.
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