Este estudio pone de relieve que la aplicación del IVA y del IGIC según la normativa vigente origina determinados problemas en el funcionamiento del mercado interior español de servicios de asesoría y consultoría, en aquellos casos en los que el destinatario de tales servicios es un «consumidor final».
Problemas tales como la existencia de un «supuesto de doble imposición», de un «supuesto de no imposición» y, lo que es más importante, la existencia de distorsiones en la competencia que tienen su origen en la decisión del legislador español respecto de cuál es el impuesto (IVA o IGIC) que debe gravar tales servicios sin haber valorado adecuadamente la importante diferencia entre los tipos generales de gravamen que se aplican en ellos (21% en el caso del IVA y 7% en el caso del IGIC).
This study emphasizes that the application of VAT and IGIC causes certain problems in the functioning of the Spanish domestic market of consultants, engineers, consultancy firms, lawyers, accountants and other similar services, in those cases in which the recipient of such services is a «end consumer».
Problems like the existence of a «case of double imposition», a «case of not imposition» and, what is more important, distortions in the competition that have its origin in the decision of the Spanish legislator with regard to which is the tax (VAT or IGIC) that must burden such services without having valued appropriately the important difference between the level of the rates that are applied in them (21 % VAT versus 7 % IGIC).
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