La autonomía constitucional de las unidades subnacionales, caracterizada por la competencia de elaborar la propia Constitución, es comúnmente definida como uno de los elementos centrales del Estado federal.
El análisis de las diversas federaciones existentes actualmente revela que ni todas reconocen esa competencia subnacional o lo hacen con diversas limitaciones. Mismo en los sistemas federales que la reconocen sin establecer muchos condicionamientos, su ejercicio aún es relativamente tímido. Hay señales promisoras de reversión de ese cuadro, con el desenvolvimiento del llamado “constitucionalismo subnacional”. Aún es temprano, sin embargo, para concluirse que la autonomía constitucional de las unidades subnacionales es, de hecho, un elemento que haz diferencia, aunque en la definición del Estado federal.
Constitutional autonomy of subnational units, characterized by the competence to elaborate their own Constitution, is commonly defined as one of the central elements of the federal State. The analysis of the various federations that exist today reveals that not all of them recognize this subnational competence or do so with several limitations. Even in federal systems that recognize it without setting too many constraints, its exercise is still relatively timid. There are promising signs of reversion of this issue, with development of the socalled “subnational constitutionalism” It is still early, however, to conclude that the constitutional autonomy of subnational units is, in fact, an element that makes a difference in the definition of the federal state
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