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Resumen de No discriminación. Paridad de trato fiscal y exención de dividendos percibidos por en fondos de inversión extracomunitarios. Devolución de retenciones: Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de noviembre de 2019 (rec. 3023/2018)

Néstor Carmona Fernández

  • Se considera discriminatoria la tributación de los dividendos obtenidos de instituciones de inversión colectiva radicadas en terceros países por invocación del principio de libre circulación de capitales y comparabilidad con la fiscalidad de instituciones similares residentes en España.


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