En el presente trabajo el lector encontrará algunos comentarios con relación a la obligación que por mandato constitucional tienen los legisladores del estado de Nayarit de legislar respecto a las relaciones laborales entre el Instituto Estatal Electoral de Nayarit (IEEN) y sus trabajadores. Se exponen las razones por las cuales el Congreso local es el sujeto obligado a legislar respecto a dichas relaciones laborales, y se hace referencia a la normativa existente que actualmente “regula” las relaciones laborales entre el IEEN y sus trabajadores.
De ese modo, el lector estará en posibilidad de concluir si en efecto las porciones normativas —consignadas por los legisladores locales— y contenidas en la Ley Electoral del estado de Nayarit son suficientes para operativizar lo que refieren tanto la Constitución federal como la Constitución local respecto a dichas relaciones laborales.
Compuesta de cuatro apartados medulares, la presente colaboración refiere el marco constitucional respecto a los organismos públicos locales electorales (Ople) y sus relaciones laborales, donde destaca que la Constitución federal refiere lo concerniente a las relaciones del INE, pero no así las relaciones laborales de los entes locales electorales; posteriormente, se señalan los preceptos constitucionales que le dan vida al IEEN, destacando del texto constitucional local del estado de Nayarit la referencia expresa sobre la regulación de dichas relaciones laborales a través de la legislación electoral; luego, se analiza la falta de regulación de las relaciones laborales del IEEN y sus trabajadores en la legislación electoral del estado de Nayarit, destacando aquí una remisión a un “estatuto” que no existe, y que de existir sería aprobado por el Consejo Local Electoral y autorizado por la Junta Estatal Ejecutiva del IEEN, circunstancias que no deberían ser así; y, como consecuencia de todo lo anterior, se propone como una solución a la problemática planteada la aplicación de la analogía y los principios generales del derecho como una solución al vacío normativo existente.
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