En el presente trabajo se analiza el criterio seleccionado por el legislador para determinar al sujeto activo del delito contra la seguridad de los trabajadores (art. 316 CP español). Se exponen también las razones por las que ese criterio no resulta adecuado y se desarrollan los parámetros a los que debería responder de lege ferenda la autoría del delito mencionado, teniendo en cuenta las especiales características del ámbito de las actividades laborales y sus riesgos inherentes.
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