El código de derecho canónico, vigente desde 1983, debe ser interpretado desde los criterios que indicó Juan Pablo II en la constitución apostólica con que la promulgó; sus normas deben también progresar en la línea que señalan esos criterios: iglesia como pueblo de Dios y jerarquía como servicio; colegialidad, derechos y deberes de los fieles, ecumenismo. El artículo propone algunos casos de esta interpretación.
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