El RDL 11/2020 establece en su Disposición Adicional 19 que el Gobierno aprobará un plan específico de actuación en el ámbito de los órdenes jurisdiccionales social y contencioso-administrativo y así como en al ámbito de los Juzgados de lo Mercantil, una vez se alcen las medidas previstas para el Estado de Alarma. Este artículo tiene por objeto hacer referencia a qué medidas concretas se deberían adoptar para que los juzgados mercantiles puedan afrontar con garantías los retos de la situación generada tras la urgencia sanitaria.
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