Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración. En el Ayuntamiento de Madrid consisten en desarrollar y ejecutar los planes de actuación y decisiones adoptadas por los órganos ejecutivos de dirección política y administrativa competentes. Los entes locales no pueden regular a través de su Reglamento Orgánico el régimen jurídico de su personal directivo por estar atribuida esta facultad al Gobierno y a las Comunidades Autónomas
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