Valencia, España
El presente trabajo aborda la caracterización jurídica que debe ser dada al contrato de escrow, toda vez que los Tribunales españoles se ven paulatinamente compelidos a tratar, en su función de aplicación del Derecho al caso concreto, este negocio jurídico proveniente de la práctica anglosajona, aquí denominado “depósito documentario”. Ello obedece a la atipicidad del contrato desde la perspectiva del Civil Law o del Derecho continental europeo y, desde el estudio de su naturaleza jurídica, a la necesidad de diferenciarlo de otros modelos contractuales que puedan dar lugar a confusiones conceptuales en torno al régimen jurídico aplicable.
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