Se indaga como hipótesis el porqué hay bienes inmuebles no sujetos en México al Impuesto predial y sí en España a su homólogo Impuesto sobre Bienes Inmuebles. La metodología empleada será a través del análisis de las legislaciones y competencias. Del contenido del trabajo se desprende que la legislación española es mucho más moderna que la mexicana y singularmente en materia de tributación de las entidades locales
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